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Resolución
0848/2014
La Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) convocó una licitación para el servicio de alquiler de seis coches con conductor. En los pliegos, se valoraba con 5 puntos que el vehículo asignado al Rectorado tuviera instalado un inhibidor de frecuencia. INTERNATIONAL BUSINESS LIMOUSINES, S.A.U. interpuso un recurso al considerar que este criterio era discriminatorio, ya que solo las empresas que ya prestan servicios al Estado y cuentan con autorización podrían cumplirlo.
- Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
- Artículo 41.1 TRLCSP
- Artículo 42 TRLCSP
- Artículo 16.1 TRLCSP
- Artículo 40.1 a) TRLCSP
- Artículo 40.2 a) TRLCSP
- Artículo 44 TRLCSP
- Artículo 44.1 TRLCSP
- Artículo 139 TRLCSP
- Artículo 150.1 TRLCSP
- Artículo 151.2 TRLCSP
- Artículo 47.5 TRLCSP
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Directiva 99/05/CE
- Directiva 1999/5/CE
- Directiva 2014/53/UE
- Decisión de la Comisión de 6 de abril de 2000
Esta resolución cita a:
- Central 147/2011 2011-05-24
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