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Resolució
0621/2025
La Asociación de Empresas de Servicios para la Dependencia (AESTE) interpone recurso contra los pliegos del contrato de servicios profesionales para el Centro de Día y CIM II del Ayuntamiento de Onda. AESTE impugna el criterio de adjudicación relacionado con la aportación de material para el centro, argumentando falta de definición de criterios numéricos máximos y vinculación insuficiente con el objeto del contrato.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 145.5 de la LCSP
- Artículo 145.7 de la LCSP
- Artículo 46.4 de la LCSP
- Artículo 44.1 de la LCSP
- Artículo 44.2 de la LCSP
- Artículo 44.2 letra a) de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 b) de la LCSP
- Artículo 56.2 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Central 1584/2024 2024-12-12
- Central 1201/2023 2023-09-21
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