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Resolución
0929/2017
El Ayuntamiento de Redondela excluyó la oferta de Servicios de Colaboración Integral, S.L.U. por no acreditar la propiedad de los programas informáticos, requisito exigido en el pliego de prescripciones técnicas. La empresa recurre, alegando que la exigencia debería entenderse como la posesión de una licencia de uso, que es un requisito de solvencia técnica que debió incluirse en el pliego de cláusulas administrativas, y que vulnera el principio de no discriminación.
- TRLCSP artículo 41.3
- TRLCSP artículo 44.2
- TRLCSP artículo 79
- TRLCSP artículo 117.2
- TRLCSP artículo 117.4
- TRLCSP artículo 116
- TRLCSP artículo 145
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, artículo 67
- Código Civil artículo 3
- Código Civil artículo 428
- Código Civil artículo 1281
- Ley de Propiedad Intelectual artículo 100
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 10.1 k)
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 46.1
- Directiva 2014/24/UE artículo 42
- Directiva 2014/24/UE considerando 74
Esta resolución cita a:
- Central 90/2012 2012-04-11
- Central 19/2012 2012-01-17
- Central 325/2011 2011-12-20
- Central 84/2011 2011-03-22
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