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Resolució
670/2024
ASIME, S.A. interpone recurso contra la adjudicación del contrato de servicio de mantenimiento integral de dispositivos médicos al considerar que tanto la empresa adjudicataria (DRAGER HISPANIA, S.A.U.) como la UTE clasificada en segundo lugar (UTE EULEN S.A., GENERAL ELECTRIC HEALTHCARE ESPAÑA, S.A.) debieron ser excluidas del procedimiento de licitación. Alega que la UTE adelantó información en el sobre 1 sobre las empresas que realizarían el mantenimiento de los equipos cualificados, y que la adjudicataria no tiene la habilitación y capacidad para llevar a cabo el mantenimiento de ciertos equipos y también quebró el secreto de su oferta.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1 a) y 2 c) de la LCSP
- Artículo 50.1 d) de la LCSP
- Artículo 18 de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
Esta resolución cita a:
- Andalusia 668/2024 2024-12-30
- Andalusia 545/2023 2023-11-10
- Andalusia 25/2023 2023-01-13
- Andalusia 392/2022 2022-07-21
- Andalusia 324/2022 2022-06-20
- Andalusia 232/2019 2019-07-11
- Andalusia 79/2019 2019-03-21
- Andalusia 215/2018 2018-07-06
- Andalusia 98/2017 2017-05-12
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