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Resolución 258/2024

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Hechos

Se recurre la admisión de las ofertas de dos empresas (SIDI y AYMING) que inicialmente se consideraron con baja anormal en un acuerdo marco para servicios de asesoramiento técnico. La recurrente alega que las justificaciones presentadas por estas empresas no cumplen con los requisitos legales y del pliego, por lo que deberían ser excluidas de la licitación.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 44 Ley 9/2017
  • Artículo 44.1.b) Ley 9/2017
  • Artículo 44.2 Ley 9/2017
  • Artículo 44 apartado 2.c) Ley 9/2017
  • Artículo 46 Ley 9/2017
  • Artículo 48 Ley 9/2017
  • Artículo 50.1.c) Ley 9/2017
  • Artículo 52 Ley 9/2017
  • Artículo 55 Ley 9/2017
  • Artículo 56 Ley 9/2017
  • Artículo 56.3 Ley 9/2017
  • Artículo 57.3 Ley 9/2017
  • Artículo 58.2 Ley 9/2017
  • Artículo 149 Ley 9/2017
  • Artículo 149.4 Ley 9/2017
  • Artículo 201 Ley 9/2017
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre
  • Artículo 58.2 Real Decreto-ley 36/2020
  • Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero
  • Artículo 34 Decreto-ley 3/2021
  • Ley 29/1998, de 13 de julio
  • Artículo 10.1 letra k) Ley 29/1998
  • Artículo 46.1 Ley 29/1998

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