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Resolución 517/2023

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Hechos

La ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DE RESTAURACIÓN COLECTIVA DE ANDALUCÍA (AERCAN) interpone recurso contra los pliegos del contrato de servicio de comedor escolar, alegando incumplimiento en el desglose de costes, insuficiencia del presupuesto base de licitación, indefinición del objeto del contrato, reversión de equipamiento a la administración sin compensación, e incumplimiento del derecho del contratista a percibir un precio justo por la prestación realizada.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 44 apartados 1.a) y 2.a) de la LCSP
  • Artículo 46 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 50.1 b) de la LCSP
  • Artículo 56.3 de la LCSP
  • Artículo 57.4 de la LCSP
  • Artículo 99.1 de la LCSP
  • Artículo 100.2 de la LCSP
  • Artículo 101.2 de la LCSP
  • Artículo 102 de la LCSP
  • Artículo 102.1 de la LCSP
  • Artículo 102.3 de la LCSP
  • Artículo 130 de la LCSP
  • Artículo 14 y 15 de la LCSP
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Artículo 24, apartado 1 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Artículo 1005 del Código Civil
  • Artículo 1115 del Código Civil
  • Ley 29/1998, de 13 de julio
  • Ley 4/1988, de 5 de julio
  • Decreto 6/2017, de 16 de enero
  • Artículo 20 del Decreto 6/2017, de 16 de enero
  • Artículo 8.6 de la Orden de 17 abril de 2017

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