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Resolució
1207/2019
Òrgan de contractació
Part recurrent
Data de resolució
28 de Octubre de 2019
Acte recorregut
Decisió
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Fets
La UTE AMBULANCIAS LA SAGRA, S.L. AMBULANCIAS VALLADA, S.L.U. - AMBULANCIAS HENARES, S.L. interpone recurso contra la adjudicación del contrato de servicio de transporte sanitario a VITALIA SERVICIOS SANITARIOS, S.A. Alegan que la adjudicataria ha ofertado un número desproporcionado de ambulancias adicionales, lo que restringe la libre concurrencia y que no podrá cumplir con la rotulación exigida al tener otros compromisos. Además, denuncian indefensión por la confidencialidad de los datos de las ambulancias y la falta de acceso al expediente.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 48.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 53 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 50.1 c) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 51 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 51.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 50 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 52 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 56.5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 133 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 58 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 57.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Artículo 70 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común
- Artículo 62.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Artículo 47.a) de la Ley 39/2015
- Artículo 47,1 c) de la Ley 39/2015
- Artículo 1.262 del Código Civil
- Artículo 43 de la LCSP
- Artículo 14 de la Constitución Española
- Artículos 11.1.f) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
Esta resolución es citada en:
- Central 0789/2026 2026-05-14
- Central 1789/2025 2025-12-04
- Central 1068/2025 2025-07-17
- Canàries 89/2025 2025-03-25
- Central 1164/2024 2024-09-26
- Central 0959/2024 2024-07-24
- Central 0940/2024 2024-07-18
- Central 1680/2023 2023-12-28
- Central 1539/2023 2023-11-23
- Central 1112/2023 2023-09-07
- Central 1047/2023 2023-08-03
- Central 1299/2022 2022-10-20
- Central 0979/2022 2022-09-02
- Central 0658/2021 2021-05-28
- Central 0255/2021 2021-03-12
- Central 1508/2019 2019-12-26
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