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Resolución
0538/2015
La ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE INGENIERÍAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN (ISSCO) interpone recurso contra el Pliego de Prescripciones Técnicas del contrato de servicios para el desarrollo de actividades preventivas y coordinación en proyectos y obras de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla. ISSCO impugna la cláusula 3.1.3 del PPT, que establece los requisitos e incompatibilidades para ser licitador, argumentando que infringe el artículo 68 del RGLCAP y los principios de libre concurrencia, no discriminación e igualdad de trato. ISSCO alega que la exigencia de acreditar la actividad a través de una empresa cualificada y calificada conforme a un protocolo estandarizado limita la concurrencia y es disuasoria para posibles licitadores.
- TRLCSP
- TRLCSP 40.1.b
- TRLCSP 40.2.a
- TRLCSP 41.1
- TRLCSP 42
- TRLCSP 44.2.a
- TRLCSP 80
- TRLCAP 134
- RGLCAP 68
- Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 11.1.f
- Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 122/2012 2012-05-22
- Central 107/2012 2012-05-10
- Central 22/2012 2012-01-17
- Central 237/2011 2011-10-12
- Central 31/2010 2010-12-15
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