¿Qué tipos de criterios de adjudicación existen?
Existen dos grandes tipos de criterios de adjudicación en los procesos de contratación pública: criterios económicos y criterios cualitativos. La ley de contratos establece que los contratos se deberán adjudicar atendiendo a la mejor relación calidad-precio
Los criterios económicos se centran en aspectos financieros de la oferta, como el precio, los costes o el cálculo del coste del ciclo de vida. Estos criterios están directamente relacionados con la rentabilidad de la prestación.
Por otro lado, los criterios cualitativos abarcan una variedad de factores relacionados con la calidad y el valor añadido que la oferta aporta al cumplimiento del objeto del contrato. Estos pueden incluir, entre otros, la calidad técnica, las características estéticas y funcionales, la accesibilidad, el diseño universal, las características sociales y medioambientales, la organización, cualificación y experiencia del personal, el servicio posventa y las condiciones de entrega. Los criterios cualitativos deben ir siempre acompañados de un criterio económico para evaluar la mejor relación calidad-precio.
Los criterios de adjudicación deben estar vinculados al objeto del contrato y formulados de manera objetiva, garantizando la competencia efectiva y el respeto a los principios de igualdad, no discriminación, transparencia y proporcionalidad.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 145
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 146
- Blog de Gobierto - Criterios de adjudicación de los contratos públicos
- Blog de Gobierto - 10 minutos para no liarla con los criterios de adjudicación, con Pilar Batet
- Blog de Gobierto - Criterios de adjudicación colaborativos para todas las AAPP. Conversación con Miquel Benito