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contra las resolucione de la mesa de contratacion ademas del recurso especial que recursos caben

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Contra las resoluciones de la mesa de contratación, además del recurso especial en materia de contratación, no proceden recursos administrativos ordinarios. Sin embargo, los defectos de tramitación pueden ser corregidos por el órgano de contratación.

Las resoluciones de la mesa de contratación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, son susceptibles de recurso especial en materia de contratación. Este recurso es potestativo y gratuito.

Para actos de trámite distintos de los mencionados, los interesados pueden manifestar los defectos de tramitación al órgano correspondiente para su corrección, sin perjuicio de que las irregularidades puedan ser alegadas al recurrir el acto de adjudicación.

En el caso de que no proceda el recurso especial en materia de contratación, las actuaciones pueden ser impugnadas mediante recurso contencioso-administrativo, conforme a la legislación correspondiente.

Tipo de Recurso Procedencia
Recurso Especial en Materia de Contratación Procede para resoluciones que decidan sobre la adjudicación o causen perjuicio irreparable.
Recurso Administrativo Ordinario No procede.
Recurso Contencioso-Administrativo Procede si no cabe recurso especial.
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