Duda en presentacion de la garantia , que pasos hay que seguir para depositarla en algun organismo
Para depositar la garantía definitiva en un organismo, primero debes adjudicar el contrato y luego constituir la garantía en la forma y lugar adecuados según lo estipulado en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.
La garantía definitiva se puede constituir en efectivo, en valores, mediante aval, seguro de caución o mediante retención en el precio. La elección del método dependerá de lo que se haya especificado en los pliegos de cláusulas administrativas particulares del contrato.
Una vez elegida la forma de la garantía, deberás depositarla en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales, que están encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda. También puedes optar por depositarla en las cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes.
Si optas por un aval o seguro de caución, estos deben ser depositados ante el órgano de contratación correspondiente. En el caso de retención en el precio, esta se llevará a cabo en el primer abono o en el pago total del contrato.
La acreditación de la constitución de la garantía definitiva puede realizarse mediante medios electrónicos, lo que facilita el proceso y reduce el tiempo necesario para completar este paso.
| Tipo de Garantía | Forma de Constitución | Lugar de Depósito |
|---|---|---|
| Efectivo o Valores | Depósito | Caja General de Depósitos o equivalentes |
| Aval o Seguro de Caución | Depósito | Ante el órgano de contratación |
| Retención en el Precio | Retención | Primer abono o pago total del contrato |
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 108
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