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Resolución 681/2025

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Hechos

El 17 de febrero de 2025 se publicó el anuncio de licitación de un acuerdo marco de suministro. El 14 de agosto de 2025, la mesa de contratación excluyó la oferta de la recurrente. El 2 de octubre de 2025 se dictó la resolución de adjudicación de los lotes 11 y 12. La recurrente interpuso un recurso especial el 28 de octubre de 2025 contra esta adjudicación, solicitando su anulación y la retroacción de las actuaciones.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 46 de la LCSP
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, por el que se crea el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
  • Artículo 44 apartados 1.b) y 2.c) de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 50.1 d) de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Artículos 10.1 letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
  • Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014
  • Artículos 28.1 y 99 de la LCSP

Esta resolución cita a:

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