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Resolución
96/2012
El Director Gerente de la Agencia de Medio Ambiente y Agua renuncia a la celebración del contrato debido a la coincidencia de las ofertas económicas presentadas por los licitadores, lo que sugiere un posible acuerdo entre ellos según la Ley de Competencia Desleal. DOMOSA AGRÍCOLA, S.L. interpone un recurso contra esta resolución, argumentando que no se ha demostrado dicho acuerdo y que no está justificado el interés público alegado.
- Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
- Artículo 41.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
- Artículo 42 del TRLCSP
- Artículo 40 del TRLCSP
- Artículo 40.2 del TRLCSP
- Artículo 40.2.c) del TRLCSP
- Artículo 155 del TRLCSP
- Artículo 44.1 del TRLCSP
- Artículo 44.2 del TRLCSP
- Artículo 44.3 del TRLCSP
- Artículo 151.4 del TRLCSP
- Artículo 47.5 del TRLCSP
- Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- Artículo 10.1 letra K de la Ley 29/1998
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Orden de 14 de diciembre de 2011
- Directiva 2007/66/CE
- Directiva 89/665
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 110/2024 2024-03-22
- Andalucía 503/2023 2023-10-09
- Andalucía 527/2021 2021-12-03
- Andalucía 42/2016 2016-02-23
- Andalucía 233/2015 2015-06-29
- Andalucía 66/2015 2015-02-17
- Andalucía 59/2015 2015-02-17
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