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Resolución
0288/2021
El Banco de España convocó una licitación para los servicios de organización, coordinación y ejecución del programa de clases de inglés para sus empleados, dividido en cinco lotes. ASTEX SERVICIOS LINGÜISTICOS, S.L.U. presentó una oferta para los lotes 1 y 2, pero fue excluida porque el informe de la División de Formación, Desarrollo y Comunicación Interna del Banco de España determinó que los profesores incluidos en la oferta no cumplían con el requisito de experiencia mínima de tres años establecido en el pliego de prescripciones técnicas. ASTEX recurrió esta decisión, argumentando que la acreditación de la experiencia corresponde a la fase de ejecución del contrato y que, en cualquier caso, el órgano de contratación ya disponía de esa información.
- Artículo 45 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44.1.a) de la LCSP
- Artículo 44.2.c) LCSP
- Artículo 50 LCSP
- Artículo 151.2 LCSP
- Artículo 53 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 81 RGLCAP
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Artículos 11.1.f) y 46.1
- RPERMC
Esta resolución cita a:
- Central 1203/2017 2017-12-21
- Central 94/2013 2013-03-05
- Central 82/2013 2013-02-19
- Central 74/2013 2013-02-13
- Central 64/2012 2012-03-06
- Central 244/2011 2011-10-18
- Central 219/2011 2011-09-13
- Central 184/2011 2011-07-12
- Central 164/2011 2011-06-14
- Central 136/2011 2011-05-03
- Central 128/2011 2011-01-26
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