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Resolución
117/2023
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
21 de junio de 2023
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
El recurrente fue excluido de un procedimiento de adjudicación por no acreditar la solvencia técnica requerida. Alega que, además de los servicios de transporte escolar para el Departamento de Educación del Gobierno Vasco, presta servicios para el Athletic Club de Bilbao, y la suma de ambos supera la cuantía mínima para acreditar la solvencia. Solicita que se le permita subsanar la documentación aportando lo facturado al Athletic.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 44.1 a) LCSP
- Artículo 44.2 b) LCSP
- Artículo 50.1 LCSP
- Artículo 56.2 LCSP
- Artículo 3 LCSP
- Artículo 150.2 LCSP
- Artículo 156.1 LCSP
- Artículo 140.1 a) 2º LCSP
- Artículo 141.1 LCSP
- Artículo 140.4 LCSP
- Artículo 46.1 LCSP
- Disposición Adicional Octava de la Ley 5/2010, de 23 de diciembre
- Artículo 44.1 Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJ)
- Artículo 46. 1 LJ
- Artículo 10.1 k) LJ
- Artículo 59.1 LCSP
- Artículo 56.3 de la Directiva 2014/24/UE
- Artículo 59 de la Directiva 2014/24/UE
- Artículo 18.1 de la Directiva 2014/24/UE
- Artículo 4.1 de la Ley 40/2015
Esta resolución cita a:
- Euskadi 204/2022 2022-12-28
- Euskadi 102/2021 2021-06-14
- Euskadi 138/2020 2020-10-23
- Euskadi 174/2019 2019-10-21
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