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Resolución
0587/2016
El Ayuntamiento de Mercadal adjudicó un contrato de servicios polivalentes. FCC interpuso un recurso contra la adjudicación, alegando que el adjudicatario incluyó información económica en el sobre de criterios no valorables mediante fórmulas y que las mejoras propuestas serían a cargo de la Administración. El Ayuntamiento defendió su decisión, argumentando que la información incluida era necesaria para justificar la coherencia entre los medios y el presupuesto, y que las mejoras no implicaban un coste adicional para la Administración.
- Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
- Artículo 46.2 del TRLCSP
- Artículo 45 del TRLCSP
- Artículo 41.5 del TRLCSP
- Artículo 44 del TRLCSP
- Artículo 40 del TRLCSP
- Artículo 42 del TRLCSP
- Artículo 145.2 del TRLCSP
- Artículo 47.4 del TRLCSP
- Artículo 47.5 del TRLCSP
- Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP)
- Artículo 80.1 del RGLCAP
- Artículo 83 del RGLCAP
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre (RPERMC)
- Artículo 22.1.1º del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Artículos 10.1. k) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 1082/2015 2015-11-26
- Central 67/2012 2012-03-13
- Central 47/2012 2012-02-02
- Central 295/2011 2011-12-06
- Central 233/2011 2011-10-04
- Central 205/2011 2011-09-06
- Central 191/2011 2011-07-19
- Central 147/2011 2011-05-24
- Central 14/2010 2010-11-25
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