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Resolución 308/2019

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Hechos

Se presentan dos recursos contra el anuncio de licitación y los pliegos del contrato de servicio de transporte escolar. AUTOCARS TORDERA alega infracción de la ley de contratos del sector público y vulneración del principio de libertad de competencia. AUDICA alega falta de justificación en la limitación de lotes, incoherencia en el diseño de rutas, falta de proporcionalidad en el número de vehículos y errores en la configuración de criterios de adjudicación, entre otros. El Consell Comarcal del Maresme desiste del procedimiento de licitación y acuerda incoar un nuevo expediente.

  • Llei 9/2017, de 8 de novembre, de contractes del sector públic (LCSP) arts. 44.1 a), 44.2.a), 46.2, 48, 50.1, 51.1, 56.2, 58.2, 63.3 a), 135.1, 152
  • Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrer de 2014 art. 52
  • Llei 7/2011, de 27 de juliol, de mesures fiscals i financeres de la Generalitat de Catalunya
  • Decret 221/2013, de 3 de setembre arts. 16, 20, 22
  • Reial decret 814/2015, d’11 de setembre art. 13
  • Llei 39/2015, d’1 d’octubre art. 57
  • Reial decret 443/2001, de 27 d’abril
  • Llei 29/1998, de 13 de juliol arts. 10.1 k), 46.1

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