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Resolución 315/2024

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Hechos

El CONSELL COMARCAL DE L'ALT PENEDÈS licitó el servicio de acompañantes del transporte escolar. INTERIM SERVICES SOLUTIONS, SLU recurre la adjudicación a EULEN, SA, alegando que se valoró incorrectamente su certificado ISO 9001:2015 y que se vulneraron los principios de igualdad y no discriminación. INTERIM argumenta que su certificado de "acompañamiento escolar" incluye el "acompañamiento de transporte escolar" y que a EULEN se le permitió subsanar o aclarar su certificado.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP)
  • Artículo 46.2 de la Ley 9/2017
  • Artículo 44.1 a) de la LCSP
  • Artículo 44.2 c) de la LCSP
  • Artículo 53 de la LCSP
  • Artículo 50.1 de la LCSP
  • Artículo 51.1 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 51.1 a) de la LCSP
  • Artículo 95 de la LCSP
  • Artículo 56.2 de la LCSP
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Artículo 57.4 de la LCSP
  • Artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
  • Artículo 59 de la LCSP
  • Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2011
  • Decreto 221/2013
  • Artículo 16 del Decreto 221/2013

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