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Resolución 021/2019

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Hechos

La empresa TECUNI, S.A. interpone dos recursos especiales contra su exclusión del procedimiento de contratación, la admisión de ELECTRICIDAD MARTÍN, S.A. y la adjudicación del contrato de suministro de energía con mantenimiento y garantía total de las instalaciones del alumbrado público de Ormaiztegi. TECUNI alega trato discriminatorio, incumplimiento de requisitos técnicos por parte de la adjudicataria, y la presentación de información relativa a criterios automáticos en el sobre de criterios discrecionales.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • LCSP 44.1 a)
  • LCSP 44.2
  • LCSP 56.2
  • LCSP 50.1 c)
  • LCSP 42.2 b)
  • LCSP 3
  • LCSP 36.1
  • LCSP 146.2
  • LCSP 49.2
  • Directiva 2014/24/UE 58.4
  • LCSP 64.1
  • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común 57
  • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común 115.2
  • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común 40
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre 13
  • Ley 5/2010, de 23 de diciembre, Disposición Adicional Octava
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJ) 44.1
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJ) 46.1
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJ) 10 k)
  • LCSP 59.1
  • LCSP 57.3
  • LCSP 57.4

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