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Resolución
1215/2019
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
28 de octubre de 2019
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa MEDIA MADERA INGENIEROS CONSTRUCTORES, S.L. interpone recurso contra su exclusión y la admisión de INCOFUSTA, S.L.U. en la licitación para el suministro de un puente de madera. TRAGSA excluyó a MEDIA MADERA porque su oferta no se ajustaba a las especificaciones del pliego, que exigía un puente triarticulado, mientras que la oferta de MEDIA MADERA era para un puente biarticulado. MEDIA MADERA argumenta que su propuesta era una mejora y que la solvencia técnica de INCOFUSTA no estaba acreditada.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 150.2 de la Ley 9/2017
- Artículo 56.2 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 28.4 del Reglamento de los Procedimientos Especiales de Revisión de decisiones en materia contractual y de Organización del Tribunal Central de Recursos Contractuales (RPERMC)
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 50.1.b) LCSP
- Artículo 55 LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 139 LCSP
- Artículo 326.2 de la LCSP
- Artículo 142 LCSP
- Artículo 145.7 LCSP
- Artículo 58 de la LCSP
- Artículos 11.1 letra f) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
Esta resolución aparece citada en:
- Central 0808/2025 2025-05-29
- Central 0467/2024 2024-04-11
- Central 1155/2023 2023-09-14
- Central 0780/2020 2020-07-03
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