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Resolución
480/2021
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
18 de noviembre de 2021
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
Las empresas BRÓCOLI S.L. y SERVICIOS INTEGRALES DE FINCAS DE ANDALUCÍA S.L. (UTE) recurren su exclusión del procedimiento de adjudicación del contrato de "Gestión integral de las playas del municipio de Benalmádena". La mesa de contratación acordó excluir su oferta por incumplir los requisitos técnicos del pliego de prescripciones técnicas (PPT), específicamente en relación con las características de la cribadora y la rastrilladora propuestas. Las recurrentes alegan que su oferta sí cumple con los requisitos técnicos y aportan certificados de los fabricantes de la maquinaria.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1.a) y 2.b) de la LCSP
- Artículo 50.1 c) de la LCSP
- Artículo 75.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- Artículo 1.1 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 57.4 de la LCSP
- Artículo 10.1 letra k) de la Ley 29/1998
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Decreto 120/2014, de 1 de agosto
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 329/2022 2022-06-20
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