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Resolución
12/2022
La entidad recurrente fue excluida del procedimiento de contratación por no cumplimentar correctamente la subsanación de la documentación previa a la adjudicación, específicamente por la falta de bastanteo de poderes del representante de la empresa y la no aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro de Cooperativas de Euskadi.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 44 apartados 1.a) y 2.b) de la LCSP
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 c) y g) de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 87.3 de la LCSP
- Artículo 140.4 de la LCSP
- Artículo 150.2 de la Ley 9/2017
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Decreto 39/2011, de 22 de febrero
- Artículo 55 del Decreto 39/2011
- Decreto Ley 3/2021, de 16 de febrero
Esta resolución cita a:
- Andalucía 424/2021 2021-10-28
- Andalucía 23/2020 2020-01-30
- Andalucía 152/2019 2019-05-16
- Andalucía 214/2018 2018-07-13
- Andalucía 35/2018 2018-02-08
- Andalucía 21/2018 2018-01-31
- Andalucía 205/2017 2017-10-18
- Andalucía 37/2017 2017-02-15
- Andalucía 36/2017 2017-02-15
- Andalucía 309/2016 2016-12-02
- Andalucía 306/2016 2016-12-02
- Andalucía 298/2016 2016-11-18
- Andalucía 200/2016 2016-09-09
- Andalucía 90/2015 2015-03-05
- Andalucía 87/2015 2015-03-03
- Andalucía 77/2015 2015-02-24
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 394/2023 2023-08-11
- Andalucía 269/2023 2023-05-26
- Andalucía 152/2022 2022-02-25
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