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Resolución 548/2024

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Hechos

Una asociación presenta un recurso contra los pliegos de un contrato de servicio de atención temprana, alegando errores en la cuantificación del presupuesto base de licitación, especialmente en los costes de personal, inmuebles y materiales. Otra asociación se adhiere al recurso. El órgano de contratación defiende la adecuación de los cálculos realizados.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículos 44, 46, 48, 50, 56, 57, 100, 101, 102, 103, 145 de la LCSP
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Decreto 57/2020, de 22 de abril
  • Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Orden de 13 de diciembre de 2016
  • Ley 1/2023, de 16 de febrero
  • XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad
  • Artículos 32, 33, 34, 37, 48, 61, 92, 107 del XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad
  • Estatuto de los Trabajadores
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

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