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Resolución 504/2024

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Hechos

El Ayuntamiento de Benalmádena adjudicó un contrato de suministro de equipamiento urbano a PARQUES Y JARDINES FABREGAS, SAU. BENITO URBAN, S.L., otra empresa licitadora, interpuso un recurso especial contra la adjudicación, alegando que se le negó el acceso a la documentación justificativa de la oferta de la adjudicataria, que inicialmente se consideró anormalmente baja. La recurrente argumenta que la justificación de la baja no fue suficientemente exhaustiva y que el órgano de contratación no valoró críticamente los datos ofrecidos por la adjudicataria.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 46 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 44 apartados 1.a) y 2.c) de la LCSP
  • Artículo 50.1 d) de la LCSP
  • Artículo 52 de la LCSP
  • Artículo 133 de la LCSP
  • Artículo 149.4 de la LCSP
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Artículo 57.4 de la LCSP
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Artículo 10 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Real Decreto 1098/2001, artículo 85
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, artículo 16
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, artículo 29.3

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