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Resolución 0239/2013

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Hechos

La empresa recurrente fue excluida por incluir en el sobre nº2 la renuncia a la revisión de precios, que debía incluirse en el sobre nº3, contraviniendo lo estipulado en los pliegos. El Ayuntamiento de Murcia se ratificó en su decisión basándose en la cláusula 10.3 del pliego, que establece la exclusión automática en caso de incluir documentación relativa a los criterios de la cláusula 9.2 en el sobre nº2.

  • TRLCSP (artículos 15.1, 40.1, 41.3, 42, 43, 44.2, 46, 47.5)
  • Código Civil (artículo 1.281)
  • Ley 29/1998 (artículos 10.1, 46.1)

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