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Resolución
0239/2013
La empresa recurrente fue excluida por incluir en el sobre nº2 la renuncia a la revisión de precios, que debía incluirse en el sobre nº3, contraviniendo lo estipulado en los pliegos. El Ayuntamiento de Murcia se ratificó en su decisión basándose en la cláusula 10.3 del pliego, que establece la exclusión automática en caso de incluir documentación relativa a los criterios de la cláusula 9.2 en el sobre nº2.
- TRLCSP (artículos 15.1, 40.1, 41.3, 42, 43, 44.2, 46, 47.5)
- Código Civil (artículo 1.281)
- Ley 29/1998 (artículos 10.1, 46.1)
Esta resolución cita a:
- Central 95/2012 2012-04-17
- Central 67/2012 2012-03-13
- Central 295/2011 2011-12-06
- Central 233/2011 2011-10-04
- Central 191/2011 2011-07-19
- Central 147/2011 2011-05-24
- Central 114/2011 2011-04-26
- Central 14/2010 2010-11-25
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