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Resolució
221/2021
Òrgan de contractació
Licitació
Part recurrent
Data de resolució
20 de Maig de 2021
Acte recorregut
Decisió
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Fets
Las empresas recurrentes fueron excluidas de un procedimiento de contratación debido a la sospecha de que sus ofertas no eran independientes, ya que presentaban similitudes significativas y pertenecían al mismo grupo empresarial. Tras serles requerido, las empresas presentaron alegaciones, pero la mesa de contratación mantuvo la exclusión.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46.4 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 44.1.a) de la LCSP
- Artículo 44.2.b) de la LCSP
- Artículo 139.3 de la LCSP
- Artículo 139.2 de la LCSP
- Artículo 139.1 de la LCSP
- Artículo 150.1 de la LCSP
- Artículo 58 de la LCSP
- Artículo 59 de la LCSP
- Artículo 1 de la LCSP
- Artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Artículo 3.5 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 13 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales aprobado por Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 42 del Código de Comercio
- Artículo 6.4 del Código Civil
- Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014
- Artículo 57.4.d) de la Directiva 2014/24/UE
- Artículo 57.6 de la Directiva 2014/24/UE
- Artículos 49 TFUE y 56 TFUE
- Artículo 2 de la Directiva 2004/18
- Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC)
- Artículo 1 de la LDC
- Artículo 105.a) y c) de la Constitución Española
- Artículos 53.1.e), 76, 77 y 82 de la LPACAP
- Artículo 79.1 de la LPACAP
- Artículo 69.2 LCSP
- Artículos 10, letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Esta resolución es citada en:
- Aragó (Acords) 112/2022 2022-11-25
- Madrid 421/2022 2022-11-10
- Madrid 122/2022 2022-03-31
- Madrid 102/2022 2022-03-10
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