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Resolución 123/2023

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Hechos

El recurrente fue excluido de un acuerdo marco por no justificar la solvencia económica, específicamente porque el seguro aportado no cubría la fecha de finalización de ofertas. El recurrente alega que se le exige un seguro de 2021 en octubre de 2022, lo cual considera desproporcionado. El órgano de contratación defiende la exclusión, argumentando que el recurrente no subsanó correctamente la falta de documentación en el plazo otorgado.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 46 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 44 apartados 1.b) y 2.b) de la LCSP
  • Artículo 50.1 apartado c) de la LCSP
  • Artículo 53 de la LCSP
  • Artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Artículo 28 apartados 2 y 4 de la LCSP
  • Artículo 92 de la LCSP
  • Artículos 86, 87 y 90 de la LCSP
  • Artículo 71 de la LCSP
  • Artículos 150.3 y 158 de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Decreto 120/2014, de 1 de agosto

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