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Resolución
55/2024
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
1 de febrero de 2024
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa recurrente presentó una oferta para un acuerdo marco, pero se equivocó al presentarla en un expediente incorrecto debido a un error material. Tras finalizar el plazo de presentación de ofertas, la empresa comunicó el error al órgano de contratación y solicitó que se subsanara, ya que consideraba que la documentación presentada identificaba claramente el expediente correcto. Sin embargo, la mesa de contratación no incluyó a la empresa en la lista de licitadores admitidos, lo que la empresa recurrente impugna.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1.b) y 2.b) de la LCSP
- Artículo 50.1 c) de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 55 apartado b) de la LCSP
- Artículo 1 y 132 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Artículos 10.1 letra k) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Andalucía 381/2022 2022-07-13
- Andalucía 242/2021 2021-06-17
- Andalucía 235/2021 2021-06-10
- Andalucía 234/2021 2021-06-10
- Andalucía 74/2021 2021-03-04
- Andalucía 172/2020 2020-06-01
- Andalucía 25/2020 2020-01-30
- Andalucía 419/2019 2019-12-13
- Andalucía 342/2018 2018-12-11
- Andalucía 337/2018 2018-11-30
- Andalucía 331/2018 2018-11-27
- Andalucía 82/2017 2017-04-28
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