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Resolución 0276/2013

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Hechos

La empresa AMBINOR recurre su exclusión de un procedimiento de licitación porque considera que sí cumple con los requisitos de solvencia técnica exigidos en los pliegos. Aporta certificados de trabajos realizados por ella y por un grupo de expertos (GEIB) con los que colabora. La mesa de contratación considera que los importes de los contratos acreditados son inferiores a lo exigido y que no se ha justificado debidamente la solvencia.

  • Artículo 41.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
  • Artículo 42 TRLCSP
  • Artículo 40, apartados 1 a) y 2 b) TRLCSP
  • Artículo 40.1 b) TRLCSP
  • Artículo 44.2 b) TRCLSP
  • Artículo 44.1 TRLCSP
  • Artículo 151.4 b) TRLCSP
  • Artículo 146.1 TRLCSP
  • Artículo 1.285 CC
  • Artículo 1.284 CC
  • Artículos 13-16 TRLCSP
  • Artículo 138 TRLCSP
  • Artículos 171.d, 172.b, 173.f TRLCSP
  • Artículo 63 TRLCSP
  • Artículo 48.3 de la Directiva 2004/18/CE
  • Artículo 67.1 TRLCSP
  • Artículos 36 y 46 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por RD 1098/2001, de 12 de octubre
  • Artículo 47.5 del TRLCSP
  • Artículos 10.1, letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa

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