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Resolución 1103/2023

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Hechos

El Ayuntamiento de Valencia convocó una licitación para los servicios de mantenimiento y reparación de vehículos. Tras la valoración de las ofertas, la mesa de contratación propuso la adjudicación a JV17 SYNDICATE CAR, SL. al considerar que su oferta era la más ventajosa, a pesar de estar inicialmente incursa en presunción de anormalidad, al igual que la del recurrente. El recurrente impugna la adjudicación al considerar que el informe técnico que justifica la viabilidad de la oferta de JV17 SYNDICATE CAR, S.L. carece de motivación suficiente.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 46.4 de la LCSP
  • Artículo 44.1.a) de la LCSP
  • Artículo 44.2.c) de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 50 de la LCSP
  • Artículo 51 de la LCSP
  • Artículo 149 de la LCSP
  • Artículo 149.4 de la LCSP
  • Artículo 150 de la LCSP
  • Artículo 53 de la LCSP
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Artículo 58 de la LCSP
  • Artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Artículos 10.1.k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
  • Artículos 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

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