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Resolución
0047/2025
La empresa ACCORD HEALTHCARE, S.L. recurre los pliegos del acuerdo marco para el suministro de medicamentos para la fibrosis pulmonar idiopática, concretamente la cláusula 12 del cuadro de características, que valora con 10 puntos no haber tenido problemas de desabastecimiento en los 6 meses anteriores a la valoración, información obtenida de la página oficial de la AEMPS (CIMA). La recurrente considera que este criterio no está vinculado al objeto del contrato, es inadecuado, desproporcionado, discriminatorio y contrario al principio de igualdad.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 44.1 b) LCSP
- Artículo 44.2 a) LCSP
- Artículo 46.2 LCSP
- Artículo 48 LCSP
- Artículo 49 LCSP
- Artículo 50.1 LCSP
- Artículo 56 LCSP
- Artículo 57.3 LCSP
- Artículo 62.1 LCSP
- Artículo 74.2 LCSP
- Artículo 76.2 LCSP
- Artículo 138.3 LCSP
- Artículo 145 LCSP
- Artículo 145.5 LCSP
- Artículo 190 LCSP
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 10.1 k) Ley 29/1998
- Artículo 46.1 Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Central 1359/2022 2022-10-27
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