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Resolución 158/2021

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Hechos

El sindicato UGT presenta un recurso contra los pliegos de la licitación al considerar que las condiciones económicas no garantizan el cumplimiento de las obligaciones laborales, que el estudio de costes es erróneo, que se vulnera el artículo 145.4 de la LCSP al no representar los criterios de calidad el 51% de la puntuación, y que se vulnera el artículo 146.3 de la LCSP por la amplitud máxima inadecuada de los parámetros de los criterios de adjudicación. El Ayuntamiento de Badalona desiste de la licitación a la vista de las alegaciones del recurso.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP)
  • Artículo 201 de la Ley 9/2017
  • Artículo 145.4 de la Ley 9/2017
  • Artículo 146.3 de la Ley 9/2017
  • Artículo 46.2 de la Ley 9/2017
  • Artículo 44.1 a) de la Ley 9/2017
  • Artículo 44.2 a) de la Ley 9/2017
  • Artículo 152 de la Ley 9/2017
  • Artículo 57.3 de la Ley 9/2017
  • Artículo 58.2 de la Ley 9/2017
  • Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2011, de 27 de julio
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
  • Artículo 22.2 del Decreto 221/2013
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Artículo 28.5 del RD 814/2015
  • Artículo 25.1 del RD 814/2015
  • Artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
  • Artículo 59 de la Ley 9/2017

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