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Artículo 2. Artículo 2

Versión 1 — Original 29 de diciembre de 1978

Texto de esta versión

Artículo 2

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.