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Resolución 48/2020

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Hechos

La empresa STRYKER IBERIA, SL presenta un recurso contra su exclusión en un procedimiento de contratación para el suministro de llits de hospitalización. La exclusión se basó en un informe de idoneidad donde no alcanzó la puntuación mínima. STRYKER alega una incorrecta valoración de su oferta, vulnerando los principios de igualdad y libre competencia. Solicita la anulación de la resolución y la retroacción del procedimiento para una nueva valoración de su oferta.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (artículos 44.1 a), 44.2 b), 46.2, 48, 49, 50.1, 51.1, 56.2, 56.3, 57.3, 58.2, 59, 132, 139.1, 145.4)
  • Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre (artículos 16, 22)
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre (artículos 25.1)
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa (artículos 10.1 k), 46.1)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (artículo 47.1.b))

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