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Resolución 125/2026

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Hechos

El anuncio de la licitación para el suministro de fusiles de asalto se publicó el 10 de septiembre de 2025. SERMIPOL TECNOLOGÍA DE DEFENSA, SL fue el único licitador. Tras la apertura de sobres, la mesa de contratación detectó que el arma presentada como muestra no iba acompañada de la documentación preceptiva. Se consultó a la Guardia Civil, que informó que el arma no figuraba en el Registro Nacional de Armas. En consecuencia, la mesa de contratación acordó la exclusión de SERMIPOL y propuso declarar desierta la licitación. SERMIPOL interpuso un recurso especial alegando que el arma había entrado legalmente en España y que los pliegos no exigían la documentación ahora requerida, y que la mesa podría haberle permitido aportarla.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, artículo 56.2
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, artículo 46
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, artículo 44.1 b)
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, artículo 44.2 b)
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, artículo 48
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, artículo 51.1 a)
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, artículo 50.1 c)
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, artículo 51.1
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, artículo 1
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, artículo 132
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, artículo 139.1
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, artículo 58.2
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, artículo 57.4
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre, artículo 22
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre, artículo 16
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, artículo 47.1.b)
  • Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso, artículo 1
  • Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso, artículo 4
  • Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso, artículo 6
  • Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso, artículo 7
  • Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, artículo 4
  • Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, artículo 5
  • Directiva 2014/24/UE, considerando 101
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, artículo 10.1 k)
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, artículo 46.1
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, artículo 59

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