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Resolución 16/2012

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Hechos

AESPI recurre los pliegos del contrato de vigilancia y seguridad del Ministerio de Ciencia e Innovación, argumentando que ciertas cláusulas vulneran los principios de concurrencia, igualdad y no discriminación. Las cláusulas impugnadas se refieren a requisitos de solvencia técnica para empresas no españolas de la UE (delegaciones en Madrid y A Coruña, póliza de responsabilidad civil) y a criterios de adjudicación (centro de formación propio, valoración de mejoras).

  • Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (artículo 311.1, 310.1.a), 310.2.c), 314, 314.2, 158, 142, 314.2.a), 314.3, 317.2, 1 y 123, 43, 51, 54.1, 55, 63, 64 a 68, 67, 83, 88, 134.1, 131, 317.5)
  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (artículo 41.1, 40.1, 40.2, 44, 44.2, 158, 44.2.a), 44.3, 47.2, 1 y 139, 53, 62, 65.1, 66, 74, 75 a 79, 78, 75.2, 95, 88, 150, 147, 47.5)
  • Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada (artículo 7, 22)
  • Real Decreto 2364/1994, Reglamento de Seguridad Privada (artículo 2.2, 5, 6 y 7)
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (artículo 11, letra f) y 46.1)
  • Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (artículo 67)
  • Ley de Sociedades de Capital (artículo 8)

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