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Resolución
208/2023
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
19 de mayo de 2023
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La recurrente fue excluida del procedimiento de adjudicación por no acreditar la solvencia económica y financiera exigida en los pliegos, al no disponer de un seguro de responsabilidad civil por el importe total requerido para los lotes a los que licitaba. La recurrente alega que renunció a uno de los lotes, por lo que el importe del seguro era suficiente para los lotes restantes.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1.b) y 2.c) de la LCSP
- Artículo 50.1 apartado d) de la LCSP
- Artículo 140.4 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 71 de la LCSP
- Artículos 86, 87 y 90 de la LCSP
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Artículo 45
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Decreto 120/2014, de 1 de agosto
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Artículos 10.1 letra k) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Andalucía 179/2023 2023-04-14
- Andalucía 130/2023 2023-02-23
- Andalucía 121/2023 2023-02-23
- Andalucía 169/2021 2021-05-06
- Andalucía 311/2020 2020-09-17
- Andalucía 20/2018 2018-01-31
- Andalucía 22/2013 2013-03-05
Esta resolución aparece citada en:
- Euskadi 160/2024 2024-09-06
- Madrid 390/2023 2023-10-26
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