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Artículo 66. Artículo 66 — v1
Artículo 66. Artículo 66
Versió 1 — Original
29 de Desembre de 1978
Text d'aquesta versió
Artículo 66
1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.
2. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.
3. Las Cortes Generales son inviolables.