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Resolución 303/2023

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Hechos

El Ayuntamiento adjudicó el contrato a AUXILIAR. MULTIANAU presenta recurso alegando que el criterio de adjudicación sobre la gestión de instalaciones similares es contrario a la ley, no está claro cómo debe ser el certificado que lo acredite, y que debió darse un trámite de subsanación. El Ayuntamiento se opone, indicando que los pliegos no fueron impugnados en tiempo y forma, y que la valoración fue correcta. AUXILIAR también se opone, argumentando que los certificados de MULTIANAU no cumplían los requisitos.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 145 Ley 9/2017 (LCSP)
  • Artículo 46.2 LCSP
  • Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2011
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
  • Artículo 56.2 LCSP
  • Artículo 58.2 LCSP
  • Artículo 44.1 a) LCSP
  • Artículo 44.2 c) LCSP
  • Artículo 53 LCSP
  • Artículo 48 LCSP
  • Artículo 50.1 LCSP
  • Artículo 51.1 LCSP
  • Artículo 139.1 LCSP
  • Artículo 1 y 132 LCSP
  • Artículo 116.4 LCSP
  • Artículo 57.3 LCSP
  • Artículo 57.4 LCSP

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