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Art. 68. Tasa de aproximación
Artículo 68. Tasa de aproximación
Se mantienen para el año 2022 las cuantías de la tarifa unitaria de aproximación en el importe exigible durante el año 2021 de acuerdo con lo establecido en el artículo 22Previsualizar, apartado siete, de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en la modificación efectuada por la disposición final décimaPrevisualizar primera de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 125, de 26 de mayo de 2022. Ref. BOE-A-2022-8562