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Artículo 63. Concepto y clases de infracciones — v1
Artículo 63. Concepto y clases de infracciones
Versió 1 — Original
27 de Desembre de 2013
Text d'aquesta versió
Artículo 63. Concepto y clases de infracciones.
1. Constituyen infracciones administrativas las acciones y omisiones tipificadas en esta ley.
2. Las infracciones administrativas podrán ser muy graves, graves o leves.
3. Sólo podrán ser sancionadas las personas físicas o jurídicas que resulten responsables de los hechos constitutivos de infracción aún a título de simple inobservancia.