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Artículo 57 bis. Garantía de pago en el ejercicio de competencias delegadas
Artículo 57 bis. Garantía de pago en el ejercicio de competencias delegadas
(Anulado)
Se declara inconstitucional y nulo, en la redacción dada por el art. 1.17 de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, por Sentencia del TC 41/2016, de 3 de marzo. Ref. BOE-A-2016-3407.
Se añade por el art. 1.17 de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-13756.