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Artículo 72. Extinción de la responsabilidad — v1
Artículo 72. Extinción de la responsabilidad
Versión 1 — Original
27 de diciembre de 2013
Texto de esta versión
Artículo 72. Extinción de la responsabilidad.
La responsabilidad administrativa derivada de las infracciones reguladas en esta ley se extingue por el pago o cumplimiento de la sanción y de las medidas impuestas en aplicación de lo establecido en el artículo 69, y por prescripción.