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/ Artículo 102. Artículo 102 — v2

Artículo 102. Artículo 102

Versión 2 30 de diciembre de 2000

Cambios respecto a la versión anterior

Artículo 102.

1. Las pruebas de selección y los concursos para la provisión de puestos de trabajo, a que se refiere el presente Capítulo, se regirán por las bases que apruebe el Pleno Presidente de la Corporación. Corporación, a quien corresponderá su convocatoria.

2. En las pruebas selectivas, el Tribunal tribunal u órgano similar elevará la correspondiente relación de aprobados a al Presidente de la autoridad competente Corporación para hacer el nombramiento. Y nombramiento, a quien también corresponderá la resolución motivada de los concursos para la provisión de puestos de trabajo serán resueltos, motivadamente, por el Pleno de la Corporación trabajo, previa propuesta del Tribunal u órgano similar designado al efecto. de aquellos órganos de selección.

Se modifica por el art. 37 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2000-24357

Eliminado Añadido Modificado

Texto de esta versión

Artículo 102.

1. Las pruebas de selección y los concursos para la provisión de puestos de trabajo, a que se refiere el presente Capítulo, se regirán por las bases que apruebe el Presidente de la Corporación, a quien corresponderá su convocatoria.

2. En las pruebas selectivas, el tribunal u órgano similar elevará la correspondiente relación de aprobados al Presidente de la Corporación para hacer el nombramiento, a quien también corresponderá la resolución motivada de los concursos para la provisión de puestos de trabajo, previa propuesta de aquellos órganos de selección.

Se modifica por el art. 37 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2000-24357

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