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DF vigésima primera. Modificación de la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española, S.A., S.M.E
DF vigésima primera. Modificación de la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española, S.A., S.M.E
Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida se modifica el apartado 2 del artículo 4 de la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española, S.A., S.M.E. que queda redactado como sigue:
«Artículo 4Previsualizar. Porcentaje sobre el rendimiento de la tasa sobre reserva de dominio público radioeléctrico.
[…]
2. Mientras las leyes de Presupuestos Generales del Estado no establezcan un porcentaje diferente sobre el rendimiento de la tasa sobre reserva de dominio público radioeléctrico, el porcentaje queda fijado en el 100 %, con un importe máximo anual de 410 millones de euros.»
El resto del artículo permanece con la misma redacción.