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Artículo 51. Avales de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales — v1
Artículo 51. Avales de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales
Versió 1 — Original
31 de Desembre de 2020
Text d'aquesta versió
Artículo 51. Avales de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales.
Se autoriza a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales a prestar avales en el ejercicio del año 2021, en relación con las operaciones de crédito que concierten y con las obligaciones derivadas de concursos de adjudicación en que participen durante el citado ejercicio las sociedades mercantiles en cuyo capital participe directa o indirectamente, hasta un límite máximo de 1.210.000 miles de euros.