Disposición final décima cuarta. Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea
Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida se añade una disposición adicional vigésimaPrevisualizar, nueva, a la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional vigésimaPrevisualizar. Cuantía aplicable a pasajeros en los viajes con destino a un aeropuerto del Reino Unido.
Hasta 28 de febrero de 2022 en los viajes con destino a un aeropuerto del Reino Unido, a los efectos de la fijación de importes de las prestaciones públicas patrimoniales por salida de pasajeros, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 78Previsualizar, y el servicio de asistencia de mayordomía (‘‘catering’’), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 89.1.5Previsualizar, se aplicarán las cuantías por pasajeros vigentes para usuarios con destino al EEE.»